Regularizaciones de propiedad

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Regularización de Propiedad en Chile:
¿Cómo legalizar tu vivienda o local comercial?


Requisitos, Beneficios y Pasos para regularizar tu propiedad en Chile

Documentos necesarios y tiempos de espera en el proceso de regularización

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Recepción Definitiva de Obras de Edificación o Recepción Final


Todo lo que necesita saber del Certificado de Recepción Final de su propiedad.

Es importante señalar que el concepto de "regularización de propiedad" no está definido explícitamente en la Ley Chilena, pero se utiliza comúnmente para referirse al proceso de legalización de inmuebles sin permisos municipales.
Si necesitas regularizar tu vivienda, local comercial o ampliación, sigue leyendo para conocer los requisitos, documentos necesarios y tiempos de espera en este proceso.

Así es. En concreto Regularizar una propiedades dotarla de todas las exigencias que debe tener una obra: Un Permiso y una Recepción Final.

Ahora bien. Solo para aquellas propiedades señaladas en la ley 20.898 del MINVU, se establece que dichos documentos, el permiso y la recepción final, se pueden otorgar en un solo acto administrativo llamado Proceso Simplificado o coloquialmente "Ley del Mono".

Si estamos hablando del Proceso Simplificado que ofrece la Ley 20.898 del MINVU, entonces los requisitos son:
Válido para viviendas de áreas urbanas y rurales Haber sido construida antes de la promulgación de esta ley (febrero del año 2016)

  • No debe estar emplazada en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público. Si son de áreas urbanas, deberán estar ubicadas en suelo que admita el uso residencial.
  • No tener reclamaciones pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas en la DOM o juzgados de policía local.
  • Cumplir con las normas de seguridad, habitacional y estabilidad descritos en la OGUC.

Para el caso de viviendas, esta debe cumplir con alguna de las siguientes características:


  • Que la superficie sea menor a 90 m2 y el avalúo fiscal menor a 1.000 UF
  • Que la superficie sea menor a 140 m2 y el avalúo fiscal menor a 2.000 UF

Para Microempresas: Que la superficie sea menor a 250 m2
Para Equipamiento social: Que la superficie sea menor a 90 m2 y el avalúo fiscal menor a 1.000 UF

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